La facturación electrónica asegura los Documentos Tributarios Electrónicos (DTE). Además, permite optimizar los tiempos, brinda datos confiables, siempre disponibles, y tienen la misma validez que la versión impresa.
En octubre de 2020 arrancó el plan piloto para llevar a cabo el proceso de facturación electrónica en El Salvador.
Seis meses después, es decir, en abril de 2021 se autorizó al primer emisor.
Hacienda dividió por grupos a todos aquellos que están obligados a facturar de esta manera, de conformidad a la reforma hecha al Código Tributario en la Subsección Primera, Documentos Tributarios Electrónicos.
Son tres pasos importantes que se deben cumplir, al momento de generar una factura electrónica:
1. Emisor genera, firma y transmite el DTE al Ministerio de Hacienda.
2. Ministerio de Hacienda valida y otorga sello de recepción.
3. Emisor entrega DTE y versión legible. Además, el Ministerio de Hacienda notifica al receptor.
Pasos a seguir
Además, la Administración Tributaria ofrece dos plataformas. Será el emisor quien elija el medio para facturar electrónicamente.
En esta opción deberá adecuar su sistema de facturación con base a los requerimientos funcionales y tecnológicos, emitidos por la Administración Tributaria.
Para generar, firmar y transmitir los DTE a la DGII. Y su posterior envío al receptor, por cualquier medio electrónico.
Es la solución tecnológica que permite generar, firmar y transmitir los DTE, mediante el sitio web de facturación electrónica del Ministerio de Hacienda.
Está a disposición de los contribuyentes que cumplan con el proceso respectivo y los parámetros definidos.