En estos estacionamientos se colocan distintivos con diferentes íconos para hacer un llamado a respetar los espacios que son exclusivos.
¿Más de alguna vez has visto las señales que indican que ciertos espacios para parquear están reservados? Estos son los llamados: estacionamientos preferenciales, diseñados para mujeres embarazadas y personas con capacidades especiales.
Estas señales son colocadas para brindar seguridad y comodidad a estos grupos poblacionales en:
- Parques
- Estacionamientos de centros comerciales, restaurantes, hospitales, centros educativos
- Entre otros.
¿Qué son los estacionamientos preferenciales?
Son espacios habilitados únicamente para personas con movilidad reducida.
El público meta son también personas que presenten algún tipo de movilidad reducida temporal:
- Mujeres embarazadas
- Adultos mayores y otros.
¿Sabía usted que la ley protege a los usuarios de estos parqueos debidamente identificados?
Existe un reglamento denominado:
El Art. 1 señala que:
Los establecimientos públicos o privados deben contar con al menos un tres por ciento del total de los espacios de estacionamiento, destinados expresamente para vehículos conducidos o que transporten a personas con discapacidad o mujeres embarazadas.
Mientras que en el Art. 2 destaca que:
“El Viceministerio de Transporte, a fin de identificar los vehículos que conduzcan o sean conducidos por personas con discapacidad o embarazadas, extenderá las respectivas placas o distintivo que los identifique como tal, según detalle a continuación:
Personas con discapacidad
Son aquellas que tienen deficiencias físicas, mentales intelectuales o sensoriales a largo plazo. y que al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás.
Mujeres embarazadas
Que se consideran en el período de tiempo comprendido desde la fecundación del óvulo por el espermatozoide, hasta el momento del parto. Y el cual tiene una duración total de cuarenta semanas.
Uso de distintivos para poder utilizar estos parqueos
Es importante que los vehículos que son conducidos o que transportan a personas con discapacidad o a mujeres embarazadas cuenten con distintivos.
Estos permiten a las autoridades identificar que están autorizados para utilizar los parqueos asignados.
El Reglamento establece en el Art.4 que:
En el caso de requerir placas con el logo de persona con discapacidad, se deberá seguir el procedimiento establecido por la Dirección General de Tránsito del Viceministerio de Transporte, para tal efecto.
Y en el Art.5 se explica que
“El Viceministerio de Transporte, por medio de la Dirección General de Tránsito, emitirá los distintivos, los cuales podrán ser diversas formas, como por ejemplo calcomanías, colgantes y otros. Dichos distintivos serán de color blanco, fondo azul.
Para garantizar las medidas de seguridad, la Dirección General de Transporte establecerá los diseños y formas de los mismos.
El Reglamento señala que para garantizar el uso adecuado de estos espacios, el administrador o agente de seguridad responsable de los establecimientos públicos o privados o la persona directamente afectada, podrán realizar el aviso a la delegación de tránsito de la Policía Nacional Civil.
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