Ahora la gestión ambiental se integra al proceso de construcción como una etapa más, apoyada en herramientas digitales.

El marco legal salvadoreño ha experimentado importantes cambios en materia de ordenamiento territorial y agilización de permisos. Uno de ellos fue la Ley de Creación de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción.
Dicha Ley dio paso a la creación de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT), entidad encargada de entregar autorizaciones y permisos de construcción referidos a la realización de trámites de lotificaciones, obras, actividades y proyectos de urbanización. Así como dictar las políticas nacionales de ordenamiento territorial relacionadas con la planificación y uso del suelo.
Con esta Ley se buscó enfrentar uno de los problemas tradicionales del sector: la existencia de múltiples trámites y requisitos para obtener un permiso.

Foto DOT
De los planos a los permisos
Durante años, la gestión ambiental fue percibida por buena parte del sector construcción como un proceso independiente, complejo y, en ocasiones, difícil de anticipar.
Con la entrada en funcionamiento de la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT), ese modelo cambió: ahora la gestión ambiental se integra al proceso de construcción como una etapa más, apoyada en herramientas digitales.
Esa integración se traduce en la práctica en lo que la DOT llama un “expediente digital integrado”. Cada proyecto cuenta con un solo expediente dentro del cual deben solicitarse todos los trámites requeridos. Esto permite que la información se presente una sola vez, lo que agiliza su evaluación.
Dentro de ese expediente, la Categorización Ambiental es la primera etapa. Constituye el primer paso del trámite para obtener el permiso ambiental.
De acuerdo con la DOT, la Categorización Ambiental se estructura en tres ejes principales o índices, los cuales evalúan:
- El territorio donde se desarrollará el proyecto
- El tipo de proyecto
- Las actividades que este ejecutará durante todas sus etapas: construcción, funcionamiento y cierre.
Cada uno de los índices recibe una valoración en una escala del 1 al 4. La sumatoria determina el rango de categorización ambiental aplicable.

El impacto ambiental es determinado por las características ambientales del territorio, por lo que se recomienda sea considerado desde la fase de preinversión, ya que la sensibilidad del sitio constituye uno de los principales factores que inciden en la Categorización Ambiental
Licenciada Paola Bardi, directora ejecutiva de la DOT.
Mientras mayor sea la sensibilidad ambiental del área donde se pretende desarrollar el proyecto, mayor será la categoría que podría asignarse. En consecuencia, también el nivel de requisitos técnicos y ambientales que deberán presentarse durante el proceso de evaluación.

Tiempos de respuesta para la Categorización Ambiental
La Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción señala que la resolución se emite en un plazo menor a 24 horas después de la presentación del Formulario Ambiental.
Sin embargo, el tiempo promedio de respuesta es de cinco días hábiles aproximadamente. Al considerar la subsanación de observaciones menores correspondientes al cumplimiento de requisitos legales.
En el caso de las resoluciones ambientales, los tiempos dependen de la complejidad de cada proyecto. Algunas evaluaciones requieren la intervención de equipos técnicos multidisciplinarios para analizar integralmente las características de la obra y su entorno.
También existe un componente institucional. La transferencia de competencias ambientales hacia el nuevo modelo implicó un proceso de transición que influyó en los tiempos de respuesta durante su implementación.
Adicionalmente, la DOT ha elaborado y puesto a disposición nuevos Términos de Referencia (TDR) para la presentación de Estudios de Impacto Ambiental, aplicables a proyectos categorizados como C3. Y de Informes Técnicos Ambientales para proyectos C2, dentro del ámbito de competencia de la Dirección. La actualización de estos Términos de Referencia tiene como propósito estandarizar la información requerida y optimizar los tiempos de evaluación
Licenciada Paola Bardi.

Información clave que evitará cometer errores

Para evitar confusiones y contratiempos, la DOT recomienda lo siguiente:
Antes de iniciar el trámite
El usuario debe tener la documentación preliminar requerida en la que se incluyan documentos que acrediten:
- La tenencia del inmueble
- El plano topográfico
- Cuando corresponda, las credenciales del representante legal, o
- Las autorizaciones otorgadas a terceros, en aquellos casos en que el solicitante no sea el propietario del proyecto.
Es indispensable que el proyecto cuente con una descripción técnica suficientemente detallada, en la que se especifiquen sus principales características, su dimensión, área de intervención, actividades a desarrollar en cada una de sus etapas, disponibilidad de factibilidades vigentes y acceso a los servicios básicos; incluyendo abastecimiento de agua potable, saneamiento de aguas residuales y recolección de residuos y desechos sólidos.
Licda. Paola Bardi, directora ejecutiva de la DOT
Además, la entidad aclara que la información presentada deberá ajustarse a los requisitos técnicos aplicables establecidos en los TDR. O en los Lineamientos de Categorización Ambiental para Proyectos de Construcción.
Para consultar ambos documentos, la DOT ha habilitado enlaces disponibles en dot.gob.sv

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