En los últimos dos años, la Asamblea Legislativa ha aprobado reformas a leyes vigentes y ha creado nuevas normativas que han sido enviadas por el Ejecutivo. En algunas de ellas, la industria de la construcción tiene relación para su debido cumplimiento.
Reformas al Código de Trabajo
A inicios de febrero, los diputados aprobaron durante la sesión plenaria número 94 la incorporación del artículo 113-A al Código de Trabajo a fin de garantizar el reinstalo de mujeres embarazadas que han sido despedidas (por medida cautelar o como efecto de sentencia).
Dicho artículo establece que una embarazada no podrá ser despedida de su trabajo seis meses después de haber dado a luz. Además, un juez de lo laboral podrá decretar de oficio o a petición de la parte ofendida, la medida cautelar de reinstalo.
En cuanto a la Ley General de Prevención de Riesgos en los Lugares de Trabajo en su Art.8 indica: “Es obligación del empleador formular y ejecutar el programa de gestión de prevención de riesgos ocupacionales de su empresa de acuerdo a su actividad y asignar los recursos necesarios para su ejecución. El empleador deberá garantizar la participación efectiva de trabajadores en la elaboración, puesta en práctica y evaluación del referido programa”.
De esta manera, la industria de la construcción cumple con cada Ley a fin de garantizar la seguridad y estabilidad laboral de sus colaboradores, proporcionándoles las herramientas necesarias para el desempeño de sus labores diarias.
El Art. 13 establece que “Los empleadores tendrán la obligación de crear comités de seguridad y salud ocupacional en aquellas empresas en que laboren quince o más trabajadores. En aquellas que tengan menos trabajadores pero que a jucio de la Dirección General de Previsión Social, se considere necesario por las labores que desarrollan, también se crearán los comités mencionados”.
CASALCO se mantiene a la vanguardia con capacitaciones brindadas por expertos nacionales y extranjeros con el fin de compartir experiencias en temas de seguridad en la industria de la construcción. Además, las empresas agremiadas brindan los equipos necesarios a cada colaborador para salvaguardar su integridad física.
Ley General de Recursos Hídricos
En diciembre de 2021, el pleno legislativo aprobó la creación de la Ley General de Recursos Hídricos la cual destaca el reconocimiento del derecho humano al agua y al saneamiento de la misma y establece que el líquido no podrá ser privatizado.
Esta Ley dio paso a la creación de la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA), que en el Art.11 de la Ley se establece que: “La Autoridad Salvadoreña del Agua será el ente rector de la gestión integral de los recursos hídricos y demás bienes que forman parte del dominio público hidráulico a través del uso racional, aprovechamiento eficiente, manejo, protección, recuperación, conservación, mejoramiento y restauración del recurso hídrico para garantizar su sustentabilidad con equidad; debiendo incorporar en todas sus acciones, planes y programas institucionales, el enfoque de género, de cuenca, y la perspectiva de adaptación y mitigación frente el cambio climático”.
Además, se regula los siguientes subsectores:
- Ministerios de Salud y de Medio Ambiente: Agua potable y saneamiento.
- Ministerio de Agricultura y Ganadería: Agua con fines agropecuarios, acuícolas y pesqueros.
- CEL: Agua con fines hidroeléctricos y para casos particulares será la ASA.
- ASA: Agua con fines industriales, agroindustriales, recreativos y otros.
La Ley busca proteger el uso de las aguas subterráneas y superficiales. En su Art.69 indica que “Toda persona Natural o Jurídica, Pública o Privada, que pretenda aprovechar o utilizar recursos hídricos con fines ajenos al uso doméstico deberá obtener la anuencia correspondiente de la ASA. Esta podrá ser de tres clases: Asignaciones Públicas, autorizaciones, autorizaciones de los bienes establecidos en el dominio público hidráulico y permisos de exploración y vertidos.
De no cumplir lo establecido en la Ley, la ASA podría imponer multas de hasta diez salarios mínimos (infracciones leves), de ciento uno hasta un mil salarios mínimos (infracciones graves) y de mil uno hasta diez mil salarios mínimos (infracciones muy graves).
Para verificar que la Ley se cumpla, la ASA lleva a cabo una serie de inspecciones a escala nacional para recabar información del uso y aprovechamiento del recurso hídrico.
Creación de la Dirección de Trámites de Construcción
Con fecha 13 de febrero de 2023, se publicó el Decreto Ejecutivo No. 6, de creación de la Dirección de Trámites de Construcción (DTC), quien actuará como un organismo desconcentrado adscrito a la Presidencia de la República y que se encargará de coordinar el trabajo articulado e integrado de las diferentes instituciones del órgano ejecutivo, para la presentación y tramitación de factibilidades, autorizaciones, pronunciamientos, permisos, recepción de obras y otros trámites relacionados a la construcción.
La DTC se constituye como la oficina física y virtual competente para la atención al usuario, para la obtención de factibilidades y permisos de construcción, en lo relativo a las competencias del órgano ejecutivo. Otro objetivo es el de reducir los tiempos de respuesta de los trámites relativos a la construcción, debiendo destinarse los recursos necesarios por cada institución que conforma la DTC.
La Dirección tiene un consejo directivo integrado por el titular o un delegado de las instituciones siguientes: Ministerio de Vivienda, Secretaria de Comercio e Inversiones de la Presidencia, Autoridad Salvadoreña del Agua, Centro Nacional de Registros, Ministerio de Cultura, Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y Ministerio de Obras Públicas y de Transporte.
Ley de Compras Públicas
En la sesión plenaria 92, la Asamblea Legislativa aprobó con 66 votos la Ley de Compras Públicas con el fin de reducir los trámites burocráticos en los procesos de compras y adquisiciones hechas por el Estado salvadoreño.
La normativa, que sustituye a la Ley de Adquisiciones y Contrataciones de la Administración Pública (LACAP), busca regular las actividades realizadas por la administración pública para la adquisición y contratación de obras, bienes y servicios durante la planificación, adjudicación, contratación, seguimiento y finalización. También tiene como objetivo unificar las normas reguladoras de las compras dentro de los principios de transparencia y libre competencia bajo licitaciones públicas.
El presidente de la República, Nayib Bukele envió a la Asamblea Legislativa una nueva redacción en la que destaca que los funcionarios de elección popular no oferten al Estado.
Ley de Lavado de Dinero y Activos
En junio de 2022 entró en vigencia el nuevo instructivo de la Unidad de Investigación Financiera (UIF) para la Prevención, Detención y Control del Lavado de Dinero y Activos, Financiación del Terrorismo y la Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva.
La UIF es la oficina creada por la Fiscalía General de la República que vela por el cumplimiento del instructivo. La Ley contra el Lavado de Dinero y Activos establece que toda empresa debe recabar elementos para prevenir e investigar operaciones con procedencia ilícita.
Entre las atribuciones de la UIF se encuentran: interpretar para efectos administrativos la Ley, requerir información, documentación e imágenes a los sujetos que se ubiquen en los supuestos previstos por la Ley, para ejercicio de atribuciones; y determinar y expandir los formatos oficiales para la presentación de los avisos.
Además, el Art. 14 de la Ley señala que los sujetos obligados deben establecer una oficialía de cumplimiento a cargo de un oficial nombrado por la junta directiva.
El oficial de cumplimiento son los responsables de prevenir o detectar las transacciones sospechosas dentro de la empresa. Además, el oficial debe ser independiente.
Beneficios
Algunos de los beneficios de la Ley contra el Lavado de Dinero y Activos son:
- Dar más herramientas al sector judicial y financiero para combatir la obtención de riquezas por medio de actividades ilegales y criminales.
- Dar mayor control a las transacciones monetarias realizadas en su mayoría en efectivo.
- Poder rastrear la compra de bienes muebles e inmuebles producto del lavado de dinero.
- Se podrá realizar una mejor clasificación de los empresarios y el progreso de estos y así poder realizar estudios que promuevan pautas para un transparente desarrollo económico en el país.
- Combatir la infiltración de criminales y delincuentes en la economía del país.
Entre algunos de los sujetos obligados a inscripción de acuerdo al Art 2 se consideran a:
- Toda sociedad o entidad de cualquier tipo, nacional o extranjera, que integre una institución, grupo o conglomerado financiero supervisado y regulado por la Superintendencia del Sistema Financiero.
- Personas naturales o jurídicas que realicen transferencias sistemáticas o sustanciales de fondos.
- Comercializadores de metales y piedras preciosas.
- Empresas e intermediarios de bienes raíces.
- Empresas constructoras.
- Organizaciones no gubernamentales.
- Asociaciones, consorcios y gremios empresariales.
- Cualquier otra institución privada o de economía mixta y sociedades mercantiles.
Ley Crecer Juntos
El 3 de enero de 2023 entró en vigencia la Ley Crecer Juntos que tiene como objetivo principal la protección integral de la primera infancia, niñez y adolescencia.
Con esta Ley se da paso a los Centros de Atención a la Primera Infancia (CAPI) cuya responsabilidad será de los patronos del sector público o privado que tengan más de 100 colaboradores, garantizar a los hijos de los trabajadores el acceso a los CAPI mientras sus padres desarrollan su jornada laboral.
Los CAPI son centros especializados que brindarán atención a través de un cuidado cariñoso y sensible, así como una estimulación oportuna y brindando atención de calidad para favorecer el desarrollo físico, cognitivo y afectivo de la primera infancia.
Un dato a destacar es que para que un CAPI sea autorizado por el Consejo Nacional de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia (CONAPINA) deberá contar con la calificación del lugar emitido por la oficina competente, así como obtener permisos sanitarios, certificación del cumplimiento de medidas de seguridad y prevención de incendios, acreditación del nivel educativo, y el cumplimiento de la norma técnica para la instalación y funcionamiento de los CAPI.
Reformas a Ley de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial
El aumento de las multas a las infracciones de tránsito fue aprobado recientemente. Los montos van desde los $50 hasta los $150 dependiendo de la consideración.
En total son131 conductas que han sido clasificadas ente leves ($50), graves ($100) y muy graves ($150). Las reformas incorporan además, 23 nuevas conductas que serán sancionadas y también destaca un descuento del 50% de la multa si esta es cancelada en los primeros cinco días de haber sido notificada a través de correo electrónico.